Fiscal Laboral
28 mayo, 2025

Muchas personas recurren a una empleada del hogar unas pocas horas a la semana y piensan que, por ser algo puntual o de confianza, no es necesario formalizar nada. ¿Y si le pago en mano y viene solo unas horas? ¿Hace falta contrato? Es una pregunta más habitual de lo que imaginas

Pero la realidad legal es clara: tener una empleada del hogar sin contrato no solo es ilegal, sino que puede acarrear serias consecuencias tanto para ti como para ella.

En este artículo de Ofidem queremos explicarte, con claridad y sin tecnicismos innecesarios, qué dice la normativa sobre el empleo doméstico, qué riesgos asumes si no regularizas la situación y cómo puedes hacerlo correctamente, paso a paso. Porque contratar de forma legal no es solo una obligación: es un acto de responsabilidad y respeto.

¿Puedo tener una empleada del hogar sin contrato?

La respuesta es clara y rotunda: no. Desde el año 2012, las trabajadoras del hogar deben estar dadas de alta en la Seguridad Social desde el primer día. Esta obligación no depende del número de horas trabajadas, de si se cobra en metálico o de la confianza entre ambas partes. No existe ninguna excepción en la ley que permita tener a una empleada del hogar “sin papeles”.

En concreto, fue la integración del Régimen Especial de Empleados del Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social lo que marcó este cambio clave. Desde entonces, cualquier persona que contrate a otra para realizar tareas domésticas en su domicilio —ya sea limpieza, cocina, cuidado de mayores o niños— está legalmente obligada a formalizar la relación laboral y a dar de alta a la trabajadora.

Mitos a desterrar en el servicio del hogar

A menudo surgen mitos como “solo viene un par de veces a la semana”, “es amiga de la familia”, “ella prefiere cobrar en mano”, o incluso “así se lo quita de encima de Hacienda”. Lamentamos decirte que ninguna de estas razones es válida ante la ley. En el momento en que alguien trabaja para ti en tu hogar, aunque sea una sola hora a la semana, estás generando una relación laboral que debe regularse.

La base normativa está en el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, que regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. Este texto detalla cómo deben formalizarse los contratos, qué derechos y obligaciones existen, y qué requisitos deben cumplirse.

Un contrato permite a la empleada acceder a sus derechos y protección social

Además, desde octubre de 2022, las trabajadoras del hogar gozan de mayores derechos laborales gracias al Real Decreto-ley 16/2022, que les reconoce el derecho a la prestación por desempleo, cobertura ante accidentes laborales y acceso a la acción protectora completa del sistema de la Seguridad Social. Esto ha reforzado aún más la obligación de formalizar el empleo doméstico, alineándolo con el resto de relaciones laborales.

Y aquí conviene recordar algo esencial: si no se formaliza la relación laboral, la trabajadora no puede ejercer esos derechos. Es decir, si no está dada de alta, no podrá acceder al paro, a una baja médica, ni a una pensión contributiva en el futuro. Tenerla sin contrato es, en la práctica, negarle toda protección social. Y eso, más allá de lo legal, plantea también una cuestión ética.

Protege al empleador

Además, no contar con un contrato formal también deja desprotegido al propio empleador. Si la trabajadora decide abandonar el empleo de forma repentina —sin previo aviso ni justificación—, la familia no tendrá ninguna herramienta legal para actuar. No podrá exigir un plazo de preaviso, ni reclamar una compensación por los perjuicios causados. En momentos especialmente delicados, como el cuidado de una persona dependiente o la conciliación familiar, esta situación puede suponer un problema grave. Formalizar el contrato protege a ambas partes y da seguridad a la relación laboral.

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    Consecuencias de tener una empleada del hogar sin contrato

    A menudo se piensa que “no pasa nada” por no formalizar la relación laboral con una empleada del hogar. Pero lo cierto es que las consecuencias pueden ser graves, costosas y difíciles de gestionar, tanto en el plano legal como en el personal. Estas son algunas de las situaciones a las que te puedes enfrentar si decides no hacer las cosas bien:

    1. Multas económicas

    Si no das de alta a la trabajadora en la Seguridad Social, estarás cometiendo una infracción grave recogida en la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS). La multa puede oscilar entre 3.750 € y más de 12.000 €, dependiendo de la gravedad y circunstancias del caso. Y esto es solo el principio.

    1. Pago retroactivo de cuotas

    Además de la sanción, la Tesorería General de la Seguridad Social puede exigirte el pago de todas las cotizaciones no abonadas desde el inicio real de la relación laboral, con los correspondientes recargos e intereses. Es decir, no solo te enfrentas a una multa: tendrás que pagar lo que debiste abonar mes a mes, como si siempre hubieras estado al corriente.

    1. Posible denuncia

    Aunque la relación sea cordial, la trabajadora puede denunciar en cualquier momento la situación irregular, por voluntad propia o tras recibir asesoramiento externo. De hecho, muchas denuncias se producen después de un conflicto, un despido o una enfermedad, cuando la persona afectada se da cuenta de que está totalmente desprotegida.

    1. Responsabilidad en caso de accidente

    Uno de los riesgos más graves. Si la empleada sufre un accidente mientras trabaja en tu domicilio y no está dada de alta, tú serás el único responsable, tanto en el plano civil como penal. Esto incluye el coste de su tratamiento, indemnizaciones, e incluso sanciones penales si se considera negligencia grave. Una simple caída en la escalera puede convertirse en un problema judicial serio.

    1. Pérdida de beneficios fiscales

    En algunas comunidades autónomas, los empleadores que contratan legalmente a una empleada del hogar pueden acceder a deducciones fiscales en la declaración de la renta. Si no formalizas la relación, no solo estás incurriendo en una ilegalidad, sino que además estás renunciando a beneficios fiscales que podrías aprovechar legalmente.

    Cómo contratar legalmente a una empleada del hogar

    Cuando decides contratar a alguien para ayudarte en casa, lo más importante —además de encontrar a la persona adecuada— es hacerlo bien desde el punto de vista legal. Y para eso, hay dos formas seguras de hacerlo:

    1. A través de una empresa de empleo doméstico

    Existen empresas especializadas que ofrecen servicios integrales de empleo del hogar. Ellas se encargan de todo: la selección, la contratación, las nóminas, las cotizaciones… Tú solo pagas una cuota mensual y te olvidas de los trámites. Es la opción más cómoda si quieres delegar por completo la parte legal y laboral.

    2. Hacer los trámites tú mismo (con ayuda profesional)

    Si prefieres contratar directamente y gestionar tú mismo la relación laboral, lo más recomendable es contar con una asesoría de confianza. En este caso, desde Ofidem hemos creado un servicio específico para ayudarte a legalizar la situación de tu empleada del hogar de forma rápida, económica y sin complicaciones.

    Con nuestro servicio te ayudamos a:

    • Redactar el contrato.
    • Dar de alta a la trabajadora en la Seguridad Social.
    • Calcular las cuotas y asesorarte sobre bonificaciones.
    • Cumplir con tus obligaciones como empleador.
    • Resolver cualquier duda legal o fiscal que te surja.

    Y todo ello con la tranquilidad de contar con un equipo cercano, profesional y con más de 30 años de experiencia asesorando a familias como la tuya. Legalizar no solo es cumplir con la ley; Es cuidar a quien cuida de tu hogar.

    Contacta con nosotros para legalizar a tu empleada del hogar