Fiscal
18 marzo, 2024

Desgravar el alquiler de tu vivienda habitual en España es una posibilidad real tanto para inquilinos como para propietarios, y depende de una variedad de factores como la comunidad autónoma en la que resides, tus ingresos, o el año de firma de tu contrato. En este post queremos desentrañar el laberinto fiscal que supone esta posibilidad, ofreciéndote una guía clara sobre cómo puedes beneficiarte de estas deducciones. 

Hablaremos, desde el porcentaje que puedes deducir, hasta los requisitos específicos por comunidad (con distinta legislación), aunque haremos especial mención a la Comunidad Valenciana, que es donde está situada nuestra oficina. Aquí encontrarás todo lo que necesitas saber para aprovechar al máximo estas ventajas fiscales al alquiler.

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¿Qué son las deducciones al alquiler?

Las deducciones o desgravaciones al alquiler son beneficios fiscales que permiten a los inquilinos y propietarios reducir su base imponible en la declaración de renta, es decir, reducir los impuestos que de ese gasto o beneficio se pagan a la hacienda pública. Se hacen descontando parte de los gastos del alquiler o los ingresos obtenidos de él. 

¿Cuál es el objetivo de las desgravaciones al alquiler?

El objetivo de las desgravaciones al alquiler en España es doble: por un lado, fomentar el acceso a la vivienda para los inquilinos, especialmente para aquellos con menores ingresos o en situaciones específicas, y por otro lado, incentivar la oferta de viviendas en alquiler por parte de los propietarios. Estas medidas buscan equilibrar el mercado de alquiler, hacerlo más accesible y estimular la inversión en el sector inmobiliario.

¿Puedo desgravar el alquiler en la declaración de la renta?

Como ya hemos podido ver, sí, en España existen desgravaciones al alquiler en la declaración de la renta, tanto para inquilinos como para propietarios. Las condiciones y los beneficios varían según la comunidad autónoma y el año de firma del contrato, y pueden incluir requisitos específicos como edad, ingresos, o características del inmueble. 

Para tenerlo claro, debemos diferenciar 2 realidades: las deducciones aplicables a los contratos firmados antes de 2015, y a los firmados con posterioridad.

  • Los contratos de alquiler firmados antes de 2015 se acogen a las deducciones estatales aplicables a todos los españoles.
  • Los contratos de alquiler firmados en 2015 y en adelante, se benefician de las medidas que cada comunidad autónoma tenga contempladas, además de poder aplicar la deducción a nivel estatal si se cumplen requisitos, ya que ambas deducciones son compatibles.  

En el caso que nos ocupa, y como Ofidem se encuentra situada en Alicante, haremos referencia a las medidas estatales para contratos de alquiler previos a 2015 y a los beneficios que la Comunidad Valenciana ofrece a los contratos firmados a partir de ese año y en adelante. El resto, podrás verlos resumidos en una tabla.

Desgravar el alquiler si soy inquilino

Veamos ahora las deducciones que existen actualmente en el sistema legislativo español, tanto a nivel estatal como en cada una de las comunidades autónomas que lo componen. Recordamos, de nuevo, que ambas son compatibles.

1. Desgravación del alquiler a nivel estatal

Para contratos de alquiler firmados antes de 2015, los inquilinos pueden beneficiarse de una deducción del 10.05% sobre las cantidades pagadas por el alquiler de su vivienda habitual, siempre y cuando su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales. 

Para desgravar el alquiler siendo inquilino, se debe utilizar la vivienda arrendada como su vivienda habitual y varía en función de los ingresos. Las deducciones contemplan una horquilla de ingresos que oscila entre 17.707,20€ y 24.107,20€ anuales, donde las deducciones se reducen gradualmente conforme aumentan los ingresos. 

Por tanto, los inquilinos con ingresos inferiores a 17.707,20€ pueden beneficiarse plenamente de la deducción, mientras que aquellos con ingresos superiores a 24.107,20€ no podrían beneficiarse de ellas.

Si necesitas una información más detallada y actualizada, siempre es recomendable acudir a los recursos oficiales de la Agencia Tributaria o a asesores fiscales profesionales, como es el caso de Ofidem.

2. Desgravación del alquiler en la Comunidad Valenciana

En la Comunidad Valenciana, los inquilinos pueden desgravarse un 20% de su alquiler hasta 800 euros. Este porcentaje aumenta al 25% (hasta 950 euros) para menores de 35 años, personas con cierto grado de discapacidad, o víctimas de violencia de género. Si se cumplen dos o más de estas condiciones, la deducción sube al 30%, con un límite de 1.100 euros. Estas cantidades se ajustan proporcionalmente al tiempo que el contrato esté vigente.

Requisitos para obtener deducciones al alquiler para inquilinos en la Comunidad Valenciana
  • Que la fecha del contrato de arrendamiento sea posterior al 23.4.1998 y que su duración sea superior a un año.
  • Que se trate del arrendamiento de la vivienda habitual del contribuyente, ocupada efectivamente por el mismo. 

Requisitos y desgravación del alquiler para inquilinos con contratos de 2015 y posteriores en el resto de España

De nuevo, te recordamos que siempre es recomendable acceder a un asesor experto para conocer todos los detalles, requisitos y posibilidades. Esta es solo una tabla orientativa de las desgravaciones por alquiler de vivienda desglosada por comunidades autónomas.

COMUNIDAD AUTÓNOMADEDUCCIONESMÁXIMO
Andalucía15%1.000€
Aragón10%300€
Asturias15%1.000€
Baleares15%1.200€
Canarias10%1.000€
Cantabria10%300€
Castilla-La Mancha15%600€
Castilla y León20%1.000€
Cataluña10%600€
Comunidad Valenciana20%800€
Extremadura15%500€
Galicia10%400€
Madrid15%1.000€
Murcia10%300€
La Rioja15%600€
Navarra20%1.500€
País Vasco20%1.500€

Desgravar los ingresos obtenidos del alquiler si soy el propietario

Si la vivienda que alquilas está destinada a ser la vivienda habitual del inquilino, cuando calcules el rendimiento neto, restando a tus ingresos íntegros los gastos deducibles como agua, luz, primas de seguros, comunidad…podrás reducir en un 60% ese rendimiento, cualquiera que sea la edad del arrendatario. 

Deberás tener en cuenta que esta reducción no se aplicará en el caso de alquileres turísticos ya que su finalidad no es satisfacer una necesidad permanente de vivienda sino cubrir una necesidad de carácter temporal. 

Como existen ciertas particularidades, te invitamos a conocer todos los detalles en la página oficial de la Sede Tributaria para conocer las deducciones de para los ingresos obtenidos del alquiler de vivienda en la Comunidad Valenciana.

Si esta situación de concierne a la hora de realizar la declaración de la renta, siempre es recomendable acudir a un servicio experto de asesoría para valorar y entender cada caso particular y así lograr el mejor resultado. ¿Necesitas un asesor? Contacta con Ofidem.